{"id":5659,"date":"2026-10-02T10:36:46","date_gmt":"2026-10-02T13:36:46","guid":{"rendered":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/?p=5659"},"modified":"2026-11-05T10:38:31","modified_gmt":"2026-11-05T13:38:31","slug":"fallos-penales-de-interes-general-regimen-penal-juvenil-ley-27-801-excarcelacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/2026\/10\/02\/fallos-penales-de-interes-general-regimen-penal-juvenil-ley-27-801-excarcelacion\/","title":{"rendered":"Fallos Penales de Inter\u00e9s General  &#8211; R\u00e9gimen Penal Juvenil (Ley 27.801) &#8211; Excarcelaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"\n<p>&#8211;<a> R\u00e9gimen Penal Juvenil (Ley 27.801). &nbsp;<\/a><\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Excarcelaci\u00f3n rechazada de un imputado de diecisiete a\u00f1os de edad al tiempo del hecho, alojado en centro de r\u00e9gimen cerrado.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Situaci\u00f3n sujeta a las prescripciones del R\u00e9gimen Penal Juvenil previsto en la ley N\u00b0 27.801. Medida cautelar que debe ser examinada bajo los est\u00e1ndares internacionales que rigen en la materia: Convenci\u00f3n sobre los Derechos del Ni\u00f1o (art. 3.1, 37, inc. b y 40.1); Reglas M\u00ednimas de las Naciones Unidas para la Administraci\u00f3n de la Justicia de Menores &#8211; \u201cReglas de Beijing\u201d- (13.1; 13.2 y 17.1.c) y Comit\u00e9 de los Derechos del Ni\u00f1o (Observaci\u00f3n General N\u00b0 24\/2019, p\u00e1rr. 85 a 87). Instrumentos que no vedan la privaci\u00f3n cautelar de la libertad de un adolescente, pero la condicionan a situaciones excepcionales y a la imposibilidad de aplicar otras respuestas porque resulten insuficientes (C.S.J.N., Fallos 331:2691, \u201cGarc\u00eda M\u00e9ndez\u201d). Imputado procesado con prisi\u00f3n preventiva en orden al delito de robo agravado por haberse cometido en un lugar poblado y en banda y por ser autor del delito de lesiones graves, los cuales concurren de manera real entre s\u00ed. Temperamento que no se encuentra firme. Sala que con anterioridad evalu\u00f3 la permanencia del encausado en un Centro de R\u00e9gimen Cerrado cuando a\u00fan no era punible y se tuvo en consideraci\u00f3n que del a\u00f1o 2020 al 2024 tuvo alrededor de ochenta y cinco ingresos al sistema penal en orden a delitos contra la propiedad. Intervenciones \u00fanicamente mencionadas como parte de la trayectoria de vida del joven. Existencia de dos procesos desde que cumpli\u00f3 la edad para ser punible que se encuentran con fecha de audiencia de debate y en los que se encuentran agregados dict\u00e1menes del equipo especializado que evaluaron la trayectoria del menor en torno a su problem\u00e1tica de consumo de sustancias estupefacientes, su paso por los distintos dispositivos cerrados y su progreso educativo. Escala penal estipulada para el concurso de delitos atribuidos que supera ampliamente el l\u00edmite establecido y el hecho involucr\u00f3 violencia f\u00edsica que, m\u00e1s all\u00e1 del ataque al damnificado en procura de disponer de su cadena de oro, luego se extendi\u00f3 a un intento por evitar la aprehensi\u00f3n del polic\u00eda que result\u00f3 gravemente lesionado. Circunstancias objetivas que impiden la aplicaci\u00f3n de un criterio de oportunidad, la posibilidad de llevar a cabo una mediaci\u00f3n penal juvenil y tambi\u00e9n la suspensi\u00f3n del proceso a prueba (art\u00edculos 41, 42 y 43 de la ley 27.801). R\u00e9gimen instaurado que le asigna al sistema la finalidad de fomentar en el adolescente el sentido de responsabilidad por sus actos y lograr su educaci\u00f3n, resocializaci\u00f3n e integraci\u00f3n social. Medida restrictiva que debe ser indispensable, proporcional, id\u00f3nea y la menos lesiva a sus derechos, interpret\u00e1ndoselas de modo restrictivo y excepcional. Privaci\u00f3n de la libertad que se encuentra definida como cualquier forma de detenci\u00f3n, internaci\u00f3n o alojamiento del que no se permita el egreso por propia voluntad, basado en auto motivado sobre la base de riesgos procesales debidamente constatados. Rebeld\u00eda que fue dejada sin efecto, no por su presentaci\u00f3n voluntaria sino debido a que se vio involucrado en un nuevo il\u00edcito. Hecho que dio origen a las actuaciones que se cometi\u00f3 durante el r\u00e9gimen de licencias que pose\u00eda en el marco de otro expediente en tr\u00e1mite. Pautas ciertas de que no se rige por la norma y de que no se ha logrado, en sus per\u00edodos de internaci\u00f3n, la finalidad resocializadora pretendida. Escala penal en abstracto cuyo m\u00e1ximo excede ampliamente la contemplada en la ley por lo que el agravio de la defensa en relaci\u00f3n a lo estipulado en el art\u00edculo 11 y 12 debe ser desechado, debi\u00e9ndose agregar a ello las caracter\u00edsticas del hecho que dan cuenta de la violencia desplegada y que la norma expresamente prev\u00e9 el t\u00e9rmino \u201cpodr\u00e1\u201d lo que da cuenta de que esta decisi\u00f3n es facultativa del juez, siempre y cuando haya conformidad fiscal, extremo que tampoco se verifica en la especie. Modalidades de pena privativa de la libertad \u201cabierta\u201d que prev\u00e9 el art\u00edculo 17 de la normativa que no resultan aplicables al caso. Riesgo de fuga que no puede ser neutralizado por alguna de las medidas de menor intensidad previstas en el art\u00edculo 210 del C\u00f3digo Procesal Penal de la Naci\u00f3n, ni por las herramientas previstas en la propia ley 27.801. Damnificados que fueron escuchados y brindaron su opini\u00f3n negativa sobre una posible soltura.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Confirmaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-file\"><object class=\"wp-block-file__embed\" data=\"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-content\/uploads\/2026\/11\/N\u00b0-135-2026-M-T-E.pdf\" type=\"application\/pdf\" style=\"width:100%;height:600px\" aria-label=\"Incrustado de N\u00b0-135-2026-M-T-E.\"><\/object><a id=\"wp-block-file--media-f5cf2ccb-2c40-4040-9f24-d194f7363d4e\" href=\"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-content\/uploads\/2026\/11\/N\u00b0-135-2026-M-T-E.pdf\">N\u00b0-135-2026-M-T-E<\/a><a href=\"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-content\/uploads\/2026\/11\/N\u00b0-135-2026-M-T-E.pdf\" class=\"wp-block-file__button wp-element-button\" download aria-describedby=\"wp-block-file--media-f5cf2ccb-2c40-4040-9f24-d194f7363d4e\">Descarga<\/a><\/div>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&#8211; R\u00e9gimen Penal Juvenil (Ley 27.801). &nbsp; &#8211; Excarcelaci\u00f3n rechazada de un imputado de diecisiete a\u00f1os de edad al tiempo del hecho, alojado en centro de r\u00e9gimen cerrado. &#8211; Situaci\u00f3n sujeta a las prescripciones del&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":153,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[6],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5659"}],"collection":[{"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5659"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5659\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5661,"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5659\/revisions\/5661"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/153"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5659"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5659"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5659"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}