{"id":1536,"date":"2018-09-11T22:07:10","date_gmt":"2018-09-12T01:07:10","guid":{"rendered":"http:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/?p=1536"},"modified":"2018-09-11T22:07:10","modified_gmt":"2018-09-12T01:07:10","slug":"los-ninos-tienen-abogados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/2018\/09\/11\/los-ninos-tienen-abogados\/","title":{"rendered":"Los ni\u00f1os tienen abogados"},"content":{"rendered":"<div>El procurador fiscal ante la Corte Suprema de Justicia, V\u00edctor Abramovich, opin\u00f3 que el adolescente tiene derecho a designar un abogado de confianza para la defensa jur\u00eddica de sus intereses, sujeto a un \u201ccontrol judicial que eval\u00fae la existencia de esas capacidades en el caso concreto y proteja su inter\u00e9s superior\u201d.<\/div>\n<div>\n<p>El caso se inici\u00f3 en los autos \u201cB., C. R. y otros c\/ T., R. E. s\/ Tenencia de hijos\u201d por la presentaci\u00f3n del hijo menor de las partes en el proceso donde se discut\u00eda el r\u00e9gimen de su cuidado personal. En la causa, el adolescente design\u00f3 letrado patrocinante, seg\u00fan el art\u00edculo 27 de la Ley de Protecci\u00f3n Integral de los Derechos de Ni\u00f1as, Ni\u00f1os y Adolescentes (26.061).<\/p>\n<p>Sin embargo, la Sala B de la C\u00e1mara Nacional de Apelaciones en lo Civil desestim\u00f3 el nombramiento del abogado del joven y as\u00ed confirm\u00f3 la sentencia de grado al entender que no respond\u00eda su actuaci\u00f3n aut\u00f3noma. En concreto, los camaristas ordenaron un nuevo nombramiento con base en el \u201cRegistro de Abogados Amigos de los Ni\u00f1os\u201d del Colegio P\u00fablico de Abogados de la Ciudad y dispusieron que sobre esa persona recayera tambi\u00e9n la funci\u00f3n de tutor especial.<\/p>\n<p>Contra esa decisi\u00f3n, el adolescente y la Defensor\u00eda P\u00fablica de Menores e Incapaces interpusieron recursos extraordinarios ante el M\u00e1ximo Tribunal que, tras ser rechazados, dieron origen a las quejas respectivas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<blockquote><p>De este modo, el procurador Abramovich opin\u00f3 que correspond\u00eda confirmar parcialmente la sentencia apelada y, en consecuencia, revocarla en lo que respecta al nombramiento conjunto de abogado y tutor del menor.<\/p><\/blockquote>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En primer lugar, el procurador fiscal Abramovich\u00a0analiz\u00f3 la\u00a0Ley 26.061 y plexo normativo aplicable, por lo que consider\u00f3 que la libre elecci\u00f3n de abogado es una \u201cgarant\u00eda del debido proceso de los adolescentes en tanto existe una presunci\u00f3n de autonom\u00eda suficiente a su respecto\u00bb, y porque \u00abesa es la forma de asegurar el m\u00e1ximo desarrollo de su autonom\u00eda como sujeto de derecho\u00bb.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n plante\u00f3 que el nuevo C\u00f3digo Civil y Comercial reconoce el creciente avance de las facultades de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes como un proceso positivo y habilitador. Adem\u00e1s cit\u00f3 las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en cuanto desarrollan est\u00e1ndares espec\u00edficos vinculados con la aplicaci\u00f3n del principio de autonom\u00eda progresiva en la toma de decisiones referidas a los procedimientos judiciales que los involucran.<\/p>\n<p>En la misma l\u00ednea,\u00a0record\u00f3 lo consagrado en la Ley 26.061 sobre el derecho a participar de manera aut\u00f3noma en el proceso con asistencia letrada y as\u00ed estim\u00f3 que el \u00abadolescente que cuente con suficiente madurez debe poder elegir su abogado de confianza\u201d.<\/p>\n<p>Y, adem\u00e1s,\u00a0a\u00f1adi\u00f3 que la \u00abpresunci\u00f3n\u00a0 de autonom\u00eda suficiente\u00bb puede ceder en un caso concreto, a partir del an\u00e1lisis de sus circunstancias propias, y que, en ese supuesto excepcional, emerge subsidiariamente la facultad del juez de designar abogado al joven que carece de autonom\u00eda y madurez para realizar un nombramiento por s\u00ed mismo.<\/p>\n<p>En cuanto a relaci\u00f3n con el nombramiento de abogado y tutor en un mismo profesional, el procurador entendi\u00f3 que las funciones que tales figuras \u00abno pueden ser ejercidas por una misma persona\u00bb ya que puede \u201cgenerar un conflicto irreversible entre el abogado y su asistido, incompatible con las garant\u00edas del debido proceso y el principio de autonom\u00eda progresiva\u00bb.<\/p>\n<p>Seg\u00fan Abramovich, el tutor ad litem \u201cinterviene en el proceso judicial de acuerdo con su leal saber y entender, desde la mirada adulta, procurando que el inter\u00e9s moral y material de los menores tenga prioridad sobre cualquier otra circunstancia del caso\u201d, mientras que \u201cel abogado del ni\u00f1o se limita a apoyarlo t\u00e9cnicamente en su participaci\u00f3n aut\u00f3noma en el proceso (\u2026) sin sustituirlo en su voluntad\u201d.<\/p>\n<p>De este modo, el procurador Abramovich opin\u00f3 que correspond\u00eda confirmar parcialmente la sentencia apelada y, en consecuencia, revocarla en lo que respecta al nombramiento conjunto de abogado y tutor del menor.<\/p>\n<\/div>\n<p><a href=\"http:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-content\/uploads\/2018\/09\/000080329.pdf\">Fallo Completo<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El procurador fiscal ante la Corte Suprema de Justicia, V\u00edctor Abramovich, opin\u00f3 que el adolescente tiene derecho a designar un abogado de confianza para la defensa jur\u00eddica de sus intereses, sujeto a un \u201ccontrol judicial&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1537,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[2],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1536"}],"collection":[{"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1536"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1536\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1539,"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1536\/revisions\/1539"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1537"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1536"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1536"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/gabrieliezzi.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1536"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}