El fallo de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “C., J. A. s/ falta de acción” (causa n° 51.624/2017) rta. 27/3/18, donde la Sala interviene con motivo del recurso de apelación interpuesto por la defensa contra la resolución del juez de la instancia de origen que no hizo lugar al planteo de extinción de la acción penal. Los vocales confirmaron la resolución.
Explicaron que la opinión favorable del fiscal no era vinculante en esta etapa procesal y añadieron que coincidían con la doctrina mayoritaria según la cual la causal de extinción de la acción penal contemplada en el artículo 64 del Código Penal, sólo es viable cuando se trata de delitos reprimidos únicamente con pena de multa y no en aquellos en los que resulta posible, en abstracto, otra pena alternativa, tal como sucede en el caso sometido a estudio.










