El fallo de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “Q., A. s/ habeas corpus” (causa n° 37.793/2018) rta. 27/06/18, donde la Sala interviene con motivo de la elevación en consulta del habeas corpus preventivo rechazado. La acción fue presentada en favor de una persona debido a que, en horas de la madrugada, se habrían presentado individuos de civil diciendo ser policías en el domicilio de la ex concubina, buscando a un sujeto con su sobrenombre y refiriendo tener una orden de allanamiento en su contra, ingresando a la vivienda. Los vocales revocaron la resolución.
Explicaron que sin perjuicio de que los representantes de Prefectura Naval Argentina, Policía de la Seguridad Aeroportuaria, Gendarmería Nacional, Policía Federal y Policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, habían indicado que no registraban impedimentos respecto del amparado, no podía de momento descartarse la existencia de alguna de las hipótesis establecidas en el artículo 3 de la ley 23.098, toda vez que era necesario recabar la misma información en otros organismos, tales como Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires, en el Ministerio de Seguridad de la Nación, y en el Sistema Nacional de Consultas de Capturas y Rebeldía (CONARC) dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Asimismo, ordenaron convocar a la concubina con el objeto de que aportara datos relacionados con el suceso ventilado.










