El respaldo de la Corte Suprema de EEUU a la política migratoria de Donald Trump

Por cinco votos a cuatro, el tribunal consideró válida la última versión del decreto que afecta el ingreso de ciudadanos de cinco países mayoritariamente musulmanes, así como de Corea del Norte, y también de algunos funcionarios de Venezuela

El pasado 26 de junio, la Corte Suprema de los Estados Unidos le dió al presidente Donald Trump una de sus mayores victorias judiciales: validó el decreto que veta el ingreso de ciudadanos de cinco países mayoritariamente musulmanes (Irán, Libia, Somalia, Siria y Yemen), como también de Corea del Norte y de algunos funcionarios de Venezuela. Así lo hizo en los autos “Trump v. Hawaii”.

En septiembre de 2017, Trump emitió un decreto que tuvo por objeto mejorar los procedimientos de veto de los ciudadanos extranjeros que viajen a ese país mediante la identificación de deficiencias continuas en la información necesaria para evaluar si los nacionales de determinados países presentan una amenaza a la seguridad. En esa línea, la norma estableció restricciones de entrada a los nacionales de ocho países cuyos sistemas para la gestión y el intercambio de información el gobierno estadounidense consideró inadecuados.

Los demandantes, el estado de Hawaii, tres personas con parientes extranjeros afectados por la suspensión de entrada y la Asociación Musulmana de Hawaii, denunciaron que el decreto viola la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) y la Cláusula de Establecimiento de la Primera Enmienda.

En una votación de 5 a 4, los conservadores del tribunal estadounidense afirmaron que el poder del Presidente para asegurar las fronteras del país, delegado por el Congreso durante décadas de legislaciones de inmigración, no fue socavado por la historia de polémicas declaraciones de Trump sobre los musulmanes. Más aún, remarcaron que el Presidente tiene una amplia autoridad para emitir juicios de seguridad nacional en el ámbito de la inmigración.

Por su parte, los demandantes alegaron en su demanda que el propósito principal del decreto contenía un ánimus religioso y que las preocupaciones expresadas por Trump sobre los protocolos de veto y la seguridad nacional no fueron más que pretextos para discriminar a los musulmanes.

Al respecto, la Corte Suprema subrayó: “En el corazón de su caso hay una serie de declaraciones del Presidente y sus asesores durante la campaña y desde que el Presidente asumió el cargo. El problema, sin embargo, no es denunciar las declaraciones del Presidente, sino la importancia de esas declaraciones al revisar una directiva presidencial, a primera vista neutral, abordando un asunto dentro del núcleo de la responsabilidad ejecutiva. Al hacerlo, el tribunal debe considerar no solo el declaraciones de un Presidente en particular, sino también la autoridad presidencial en sí misma”.

Ello así, la mayoría concluyó: “El Gobierno expuso una justificación de seguridad nacional suficiente para sobrevivir a una revisión de su base racional. No expresamos ninguna opinión sobre la solidez de la política. Simplemente sostenemos hoy que los demandantes no han demostrado una probabilidad de éxito en el los méritos de su reclamo constitucional”.

En tanto, la minoría denunció la decisión. En su disidencia, la jueza Sonia Sotomayor llegó a señalar que la resolución no era mejor que Korematsu v. Estados Unidos, la decisión de 1944 que respaldó la detención de japoneses-estadounidenses durante la Segunda Guerra Mundial.

“Al sostener que la Primera Enmienda da paso a una política ejecutiva que un observador razonable vería como motivada por ánimus contra los musulmanes, la opinión mayoritaria repite errores trágicos del pasado, y niega a innumerables personas el derecho fundamental de la libertad religiosa”, advirtió la jueza.

Fallo Completo

 

Publicado originalmente en Thomson Reuters

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