Fallos Penales de Interés General: Circunvención de incapaz (Art.174 inc.2 CP)

El fallo de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal “F., J. y otra s/sobreseimiento” (Causa nro. 32957/2018) resuelta el 13/12/18 donde Julio Marcelo Lucini y Mariano González Palazzo confirmaron el sobreseimiento de quienes oportunamente fueran imputados del delito de circunvención de incapaz (art.174 inciso 2 del Código Penal).

Explicaron que si bien ambos hermanos imputados obtuvieron de su padre, que sufriría un deterioro mental, la firma de un poder para percibir y administrar su jubilación desplazando así de ese rol de apoderada a la esposa, de las diligencias llevadas a cabo se acreditó que el dinero obtenido a través del documento fue utilizado para solventar los gastos médicos y operativos de la internación geriátrica que el cuadro clínico exigía, habiéndose incluso determinado que los hijos lo visitaron en el lugar con frecuencia, siendo ellos quienes firmaron la carta de aceptación de las condiciones.

Precisaron que en cuanto al «otro», alusión contenida en el art. 174 inc. 2º del Código Penal, en el caso estaría representado por la cónyuge quien se vio desplazada del carácter de apoderada del beneficio y por ello privada de disponer de los fondos, pudiéndose afirmar que no sufrió perjuicio económico (“daño” en los términos que exige el tipo penal) ante la posibilidad de ser compensada en el uso de los restantes bienes de su marido, por lo que descartaron que la conducta haya significado un potencial riesgo para las víctimas. Finalmente concluyeron que la intención de los imputados al hacer suscribir los instrumentos fue la de procurar el bienestar de su padre.

 

Fallo Completo

 

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